Normativa nacional
Leyes de modificación del sistema de protección a la infancia.
La norma principal que regula el estatuto jurídico de las personas menores de edad en España es la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor (LOPJM) y se aplica a todas las personas, al igual que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Sin perjuicio de estas normas, en el ámbito concreto de la aplicación de las medidas recogidas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores también se aplica esta norma.
La redacción vigente de la citada LOPJM ha venido dada por las importantes reformas de 2021 y de 2015 (la citada Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, y Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, que han alcanzado a numerosas normas que afectan a la protección a la infancia y a la adolescencia y a los derechos de las personas.
En el ámbito concreto de la adopción internacional, la regulación se encuentra en la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción internacional, y el Real Decreto 573/2023 que desarrolla la redacción vigente de esta Ley, por el que se aprueba el Reglamento de Adopción internacional.
Normativa europea
Recomendaciones, Decisiones, Directivas, Reglamentos y resto de documentación de Instituciones europeas, así como del Consejo de Europa, relacionada con derechos de la infancia y adolescencia.
- Los Derechos del Niño en la Agenda 2030.
- Comunicación de la Comisión al Parlamento europeo y al Consejo. Protección de los menores migrantes (12/04/2017).
- Manual de legislación europea sobre los derechos del Niños FRA (European Agency for Fundamental Rights/Council of Europe).
- Protocolo facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía .
- Protocolo facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en conflictos armados .
- III y IV Informe de España sobre la aplicación de la CDN (2008)
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- V y VI Informe de España sobre la aplicación de la CDN (2016)
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- Directrices de Naciones Unidas para ayudar a los Estados miembro a implementar mejor el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la pornografía infantil
(el documento está en inglés). Documento para proteger los derechos de la infancia en la era digital.
- Convenio del Consejo de Europa sobre la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (CETS No. 201-Lanzarote, 25 de Octubre de 2007) .
- Convenio europeo sobre el ejercicio de los derechos de los niños
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- Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño .
- Objetivos de Desarrollo Sostenible .
Normativa internacional
Documentación relativa a organizaciones internacionales NN.UU., OCDE, etc relacionada con los derechos de la infancia y la adolescencia
- Observaciones generales del Comité de los Derechos del Niño.
- Un mundo apropiado para los niños.
- Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional.
- Informe mundial sobre la violencia contra los niños y niñas.
- Observaciones finales y Recomendaciones
a España del examen del informe presentado en virtud del artículo 44 de la Convención de los Derechos del Niño.
- Protocolo Facultativo de la CDN relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía. Observaciones al Informe presentado por España:
- III y IV Informe de aplicación de la CDN en España.
- V y VI Informes periódicos sobre la aplicación de la CDN elaborado por España.
- Observaciones finales sobre los informes periódicos V y VI combinados de España.
- Estrategia del Consejo de Europa para los derechos del niño.
- Convención sobre los Derechos del Niño .
- Instrumento de ratificación por España de la Convención sobre los Derechos del Niño
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- Compromiso Global de Yokohama; II Congreso Mundial contra la Explotación Sexual infantil
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- Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y abuso sexual (Lanzarote, 25 de octubre de 2007)
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- Declaración de Río de Janeiro y llamado a la acción para prevenir y detener la explotación sexual de NNA (Río de Janeiro, 25-28 de noviembre de 2008) .
- Por qué la protección de la infancia frente a la violencia debe ser uno de los ejes centrales de la agenda mundial de desarrollo sostenible .
- Convenio de la OIT sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación .
En diciembre del año 1990 España ratificó la Convención de los Derechos de la Infancia, adoptada unánimemente por la Asamblea de la ONU el 20 de Noviembre de 1989.
La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en la versión vigente, dada por las Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia, establece un marco jurídico de carácter estatal, acorde con la condición de los menores de edad como sujetos de derechos y con el reconocimiento de una capacidad progresiva para ejercerlos.
Es muy importante la entrada en vigor de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Esta ley viene a combatir la violencia contra la infancia y la adolescencia desde una aproximación integral, única en todo el territorio europeo.
La ley va más allá de los marcos administrativos y alcanza distintos ámbitos para afirmar su voluntad holística. Desde una perspectiva didáctica, otorga una prioridad esencial a la prevención, la socialización y la educación, tanto entre las personas menores de edad como entre las familias y la propia sociedad civil. La norma establece medidas de protección, detección precoz, asistencia, reintegración de derechos vulnerados y recuperación de la víctima, que encuentran su inspiración en los modelos integrales de atención identificados como buenas prácticas a la hora de evitar la victimización secundaria.
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, ha venido a reforzar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, ya que el objetivo de la misma es garantizar sus derechos fundamentales: a su integridad física, psíquica, psicológica y moral, frente a cualquier forma de violencia, asegurando el libre desarrollo de su personalidad y estableciendo las medidas de protección integral y multidisciplinar que incluyan la sensibilización, la prevención, la detección precoz, la protección y la reparación del daño en todos los ámbitos en los que se desarrolle su vida.
Junto a ello es preciso señalar que, de conformidad con la estructura territorial y administrativa del Estado español, las Comunidades Autónomas, dotadas de potestad legislativa, han desarrollado ampliamente la legislación autonómica en materia de protección y promoción de los derechos de las personas menores de edad.
En el ámbito internacional, además de la Convención de los Derechos del Niño citada anteriormente, y que constituye el marco universal de la defensa de los derechos de la infancia y la adolescencia, conviene tener presente la existencia de diversos tratados internacionales ratificados por España –impulsados por organizaciones internacionales como Naciones Unidas, Organización Internacional del Trabajo, Consejo de Europa, la Conferencia de la Haya de Derecho Internacional Privado, entre otras- en materias sectoriales que afectan a los niños, niñas y adolescentes: trabajo infantil, sustracción de menores, trata y explotación sexual, adopción internacional, etc., así como la normativa comunitaria aplicable en España por nuestra condición de Estado miembro de la Unión Europea y del Consejo de Europa, y las abundantes Resoluciones y Recomendaciones emanadas de estos organismos internacionales, que inspiran, orientan y completan el reconocimiento, el respeto y la aplicación de los derechos de los niños y las niñas en España.
Además, es de destacar, como vinculación y compromiso del Estado español con los correspondientes foros internacionales, su participación en la Sesión Especial de Naciones Unidas sobre Infancia (celebrada en mayo 2002) y la adopción de la Declaración y el Plan de Acción contenido en el documento “Un mundo apropiado para los Niños y Niñas”.
A continuación, se presentan algunos enlaces a los documentos más significativos:
- Convención de los Derechos del Niño e Instrumento de Ratificación por España (BOE 31 de diciembre de 1990)
- Comité de los Derechos del Niño
- Protocolo facultativo de la CDN relativo a la participación de niños en los conflictos armados
- Protocolo facultativo de la CDN relativo la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, hecho en Nueva York el 25 de mayo de 2000.
- III y IV informe de aplicación de la Convención sobre los derechos del niño en España
- V y VI informe de aplicación de la Convención sobre los derechos del niño de Naciones Unidas y sus protocolos facultativos.
- Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención.
- Observación general número 13 sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia.
- Observación general Nº 14 (2013) sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial
- Programa de Acción de Estocolmo, adoptados en el 1er Congreso mundial contra la explotación sexual infantil con fines comerciales (27-31 de agosto de 1996)
- Compromiso de Yokohama; II Congreso Mundial contra la Explotación Sexual infantil
- Declaración de Río de Janeiro y llamado a la acción para prevenir y detener la explotación sexual de NNA (Río de Janeiro, 25-28 de noviembre de 2008)
- Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación
- Recomendaciones a España por parte del Comité de los Derechos del Niño.




